Diario: La Capital

 

Declararon los médicos por el caso Cigarreta

 

En un marco de total hermetismo, el titular del Juzgado Criminal y Correccional de Transición 1, Pedro Federico Hooft, comenzó en la víspera a recibir las "declaraciones informativas" de los médicos y enfermeras de la Clínica del Niño y la Madre, en el marco de la investigación por el "Caso Cigarreta".

Como se sabe, Cristina Ortizá dio a luz el 23 de abril de 1997, en el mencionado establecimiento, a una niña que llamó Rocío. Pero a poco de nacer, le anunciaron que la beba había fallecido. Recién el 16 de julio de ese año, por una llamada anónima los Cigarreta se enteraron de que el cadáver que les entregaron no era el de su hija, por lo que comenzaron su búsqueda una vez radicada la correspondiente denuncia judicial.

La causa pasó del entonces juez de primera instancia Ricardo Favarotto, al de transición 2, Esteban Viñas, hasta recalar en el actual magistrado. Una primera certeza que se alcanzó es la que permitió continuar la pesquisa: al realizarse los estudios de ADN quedó demostrado que el bebé entregado a los Cigarreta no era el de ellos.

Antes de que la causa pasara a Hooft, el tribunal de la sala 3 de la Cámara de Apelación y Garantías, dispuso 9 medidas, la mayoría por solicitud de la fiscal Susana Kluka.

 

Los facultativos

 

Una de ellas fue la que comenzó a cumplirse en la víspera, cuando comparecieron los médicos de la citada clínica: los doctores Rubén Daniel Mielgo (neonatólogo); Miguel Enrique Correa (obstetra); Héctor Gutiérrez (anestesista) y la enfermera Isabel Manuela Ladisa.

Entre los que habrían declarado, está la radióloga Marcela Laura Rodriguez.

Todos los nombrados están "prima facie imputados no procesados" de los siguientes delitos que se describen: uno tiene que ver con el caso del "funcionario público o profesional de la salud que hiciere incierto, alterare o suprimiere la identidad de un menor de 10 años" (pena de 3 a 10 años); otro sobre "la falsificación de un documento destinado a acreditar la identidad de las personas" (1 a 6 años) y finalmente el de "sustracción de menor de 10 años del poder de sus padres"(5 a 15 años).

 

Otras medidas

 

Las restantes medidas ordenadas por el tribunal de la Sala 3, que se van cumpliendo progresivamente son:

1) Citar al ambulanciero Hugo Castro por su presunta responsabilidad en los delitos apuntados.

2) Al investigarse diversos delitos, se culminó con una resolución dictada en la causa 2436 del Juzgado de Instrucción 1 de Posadas (Misiones), atento a un documento que surgió de la labor de la comisión para la investigación de sustracción y tráfico de menores, según una resolución del 29 de setiembre de 1998. Por ello, resulta procedente realizar una prueba genética a una menor ( cuyo nombre no puede ser revelado, por una cuestión obvia) para confrontarlo con el resultado de la muestra tomada al matrimonio Cigarreta.

3) Elaborar un croquis de la clínica aludida , que abarque áreas de Neonatología, Obstetricia y Salas de Parto como también lugares de ingreso y egreso.

4) Ampliación testimonial de quienes estuvieron presentes en la primera exhumación del cadáver de la bebé para ver si advirtieron signos de forzamiento o rotura del ataúd.

5) Investigar la posible comisión del delito de "falsedad de instrumento público" en relación con el "certificado de defunción" de Rocío Cigarreta, fundamentalmente el referido al lugar donde falleció, que no sería el domicilio de la clínica donde fue dada a luz.

 

 

 

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