30 de abril del 2001-La Capital-

Abogados de la familia de Rocio insistirán en la realización de dos estudios de ADN rechaza

Una nueva batalla judicial planteada en el "Caso Cigarreta"

La familia de Rocío Cigarreta atacará una reciente resolución judicial que impide la realización de dos ADN.Por otra parte, los abogados de la diputada Godoy pedirán que la desafecten de la causa.

Una reciente resolución de la Cámara Penal que impide la realización de dos ADN será el eje sobre el cual girará el "Caso Cigarreta" en las próximas semanas.

Al menos des presentaciones judiciaes se sumaran en las próximas horas al intrincado panorama que presenta la investigación, tendiente a esclarecer la suerte de la beba nacida en 1997 en la Clínica del Niño.

El doctor Daniel Reoyo, abogado de la familia Cigarreta, manifestó que atacará la resolución de la Cámara Penal, al entender que "la realización de esos estudios son fundamentales para disipar las dudas que aún existen. Por su parte, el doctor César Sivo anticipó que pedirá la desafectación de la causa de la diputada nacional Norma Ancarani de Godoy.

El jueves pasado, la sala 11 de la Cámara Penal rechazó la realización de dos medidas ordenadas por el juez Pedro Hooft, que tiene a su cargo la pesquisa. Se trata de sendos estudios de ADN a Mabel Behal -ex funcionaria de María Juha Alsogaray- y a una de sus hijas, que está siendo investigada desde hace un año.

Uno de los abogados de Behal -el docor Armando Zelaya- se mostró cauto ante el futuro procesal y aseguró que momentáneamente no hará ninguna presentación. "Hay que esperar que la causa vuelva a primera instancia y ver las resoluciones que adopta el juez", aseguró el letrado.

"Si estas pruebas no se realizan, las dudas de la familia, lamentablemente, perdurarán"

(Dr. Reoyo, abogado del matrimonio Cigarreta).

El presente de la causa

Rocío Cigarreta nació en 1997 en la "Clínica del Niño", donde pocos días después certificaron su fallecimiento. Meses más tarde, los padres de la niña recibieron un llamado telefónico anónimo, informándoles que "la tumba adonde estaban llevando flores no era la de su hija".

La exhumación del cuerpo y el posterior examen de ADN demostraron que, efectivamente, los restos que se hallaban en esa tumba no eran los de Rocío Cigarreta.

Una dificil investigación que incluyó numerosos exámenes de ADN a criaturas vivas y fallecidas llegó, a un punto de definiciones -a"fines del año 1999", cuando el juez Esteban Viñas decidió Cerrar la causa por falta de pruebas. , Sin embargo, poco después: llegaron a la Justicia marplatense los resultados de una pesquisa realizada por el fiscal porteño Norberto Quantín. Como se sabe, dicho funcionario encabeza una comisión que investiga la sustracción de niños en el país.

La Cámara Penal decidió entonces reabrir la causa para investigar diversos elementos de sospecha que emergían del trabajo realizado por Quantín. Fue así como, Mabel Behal apareció en el caso, ya que los indicios aproximados por el fiscal porteño sugerían que una de sus hijas podría ser, en realidad, Rocío Cigarreta.

La investigación quedó en manos del juez Pedro Federico Hooft, quien ordenó diversas diligencias tendientes a esclarecer este punto.

Una de ellas fue la realización de un estudio de ADN a la nena investigada. Dicho examen tuvo lugar en abril de 2000 en el Hospital Durand y arrojó resultados negativos.

Dudas y diligencias

Sin embargo, en el magistrado quedaron serias dudas de que la nena que presentaron para la extracción sanguínea no fuera la misma que estaban investigando. En tales sospechas coincidieron la fiscal Susana Kluka y la propia familia Cigarreta.

En ese contexto, tanto Behal como la diputada Norma Godoy - que es amiga de la primera y aparece mencionada en el informe de Quantín- fueron citadas a prestar declaración informativa por el juez Hooft. El carácter de la convocatoria las ubica, desde entonces, como imputadas no procesadas en esta causa. .

Las dudas mencionadas anteriormente motivaron que el juez dispuiera dos nuevas medidas: la realización de un ADN comparativo entre Mabel Behal y la criatura investigada y de un nuevo examen a 1a pequeña, para compararlo con Cristina Ortizá, madre de Rocío.

La defensa de Mabel Behal presentó un habeas corpus ante la Cámara Penal, sosteniendo que se trataba de una medida compulsiva que se apartaba del objeto procesal.

Fundamentos de la resolución

La Cámara Penal hizo lugar al reclamo de la defensa y rechazó la realización de los dos nuevos estudios.

"Hoy mismo pediremos que la diputada y su hermana sean desafectadas de la causa".

(Dr. César Sivo, abogado de la farnilia Godoy)

Con relación al examen genético a Mabel Behal, el tribunal consideró que "no es en absoluto conducente a los fines de la presente investigación, apartándose del objeto procesal fijado por esta Cámara Penal y de Garantías en su resolución del 91312000: determinar el paradero -viva o muerta - de la menor Rocío Cigarreta".

En lo referente a un nuevo examen de ADN a la niña los magistrados señalaron que el 24 de abril del 2000 se llevó a cabo en el Hospital Durand el ADN mitocondrial de la menor, previa autorización para la muestra hemática de sus progenitores. Se recogió la impresión digito pulgar derechas de la menor en presencia del secretario del Juzgado de transición Nª1 de este Departamento Judicial quien también presenció la aceptación.del perito Daniel Corach, director del Servicio de Huellas Digitales Genéticas, obrando su firma al pie de ambos actos. La extracción de cuatro muestras de sangre para la pericia se realizó en presencia del Dr. Hooft. El estudio genético realizado "excluye el vínculo biológico materno de la Sra. Cristina Ortizá y la menor".

La resolución añade que "frente a sus resultados, no se advierte la razón -no ha sido fundada- ni la razonabilidad de disponer en reiteración un ADN mitocondrial de la menor a llevarse a cabo por la Asesoría Pericial de la Suprema Corte Provincial., cuando el Instituto más calificado del país en materia de estudios genéticos ha desvinculado a la niña del patrimonio biológico de Cristina Ortizá".

Asimismo, la resolución puntualiza que "la averiguación de la verdad histórica encuentra su límite en el respeto de la dignidad del ser humano, principios que se deben conjugar procurando un justo equilibrio. Pues bien ese equilibrio al ordenarse la pericia atacada- se ha roto en desmedro del segundo, sin intentar siquiera mostrar cuál sería el posible avance hacia la averiguación de la verdad. Se genera gratuitamente un riesgo físico y psicológico para la niña - ya que no sería la primera vez que una extracción de sangre genera un problema de salud- y es universal el temor que los niños experimentan cuando se ven sometidos a dicho procedimiento, con el consiguiente eventual daño psíquico".

La resolución corresponde a los jueces Alicia Ramos de Fondeville y Carlos Gustavo Pizarro Lastra, mientras que el tercer integrante de la Cámara -doctor Daniel Laborde- rechazó la presen tación, al considerar que no es procedente en este momento procesal.

La situación de Godoy

Paralelamente, los doctores César Sivo y María Fernanda Di Clemente -letrados asistentes de la diputada Norma Ancarani de Godoy y de su hennana, Lucrecia Ancarani- también presentaron un habeas corpus, ante la decisión de Hooft referida a los nuevos estudios genéticos.

"Debemos esperar las resoluciones del juez de primera instancia. No sé cuál es el futuro de la causa".

(Dr. Armando Zelaya, Abogado de Mabel Behal).

Los letrados entendieron que el magistrado tenía elementos suficientes para definir el caso de la niña investigada y, en consecuencia, hacerlo propio con las hermanas Ancarani. Como la cámara trató en primer término el habeas corpus presentado en favor de Behal y lo resolvió favorablemente, rechazó el de Godoy por razones técnicas, debido a que la cuestión caía en abstracto.

Ante el tenor de la resolución, el doctor César Sivo informó a LA CAPITAL que "como las hermanas Godoy fueron citadas a prestar declaración informativa, no podemos pedir el sobreseimiento. Sin embargo, lo que vamos a requerir mañana mismo (por hoy) es que queden desafectadas de la causa".

Por su parte, el doctor Armando Zeaya admitió que "no sabemos qué rumbo puede tomar la causa a partir de ahora. No creo que aún sea oportuno realizar alguna presentación. Hay que esperar que la causa vuelva a primera instancia y ver las resoluciones que adopta el juez".

La postura de los Cigarreta

Daniel Reoyo, abogado de la familia Cigarreta, aseguró que atacarán la resolución de la Cámara, porque "ésta es una etapa en que la familia Cigarreta va a mantener sus dudas en cuanto al descubrimiento final de la verdad". Ante una pregunta concreta, el profesional aseguró que "la duda radica en que hayan cambiado la nena" para la realización del ADN y añadió que la misma no sólo afecta a la familia Cigarreta, "sino también al juez interviniente y a la filcal".

Acerca de las medidas a seguir, aseguró que la resolución de la Cámara "será atacada y vamos a tener que revertirla. Estamos convencidos de que no se puede priorizar el derecho a la privacidad de las personas ante la identidad de los menores".

Finalmente, el doctor Reoyo maifestó que está analizando la forma en que atacarán la resolución, ya sea mediante un recurso extraordinario o recurriendo al Tribunal de casación.

Una nueva exhumación en el cementerio Parque

El cuerpo de una niña nacida en la misma época que Rocío Cigarreta fue exhumado en ésta ciudad, según trascendió de fuentes seguras. En el plano judicial, dicha diligencia no fue formalmente vinculada con el caso de Rocío. Sin embargo, hay circunstancias que establecen conexiones.

Este episodio comenzó meses atrás, cuando una mujer domiciliada en Pehuajó, identificada como María Celeste Guitlein, se presentó ante la Justicia de Menores y pidió la exhumación del cuerpo de su hija. La pequeña nació en el Hospital Materno Infantil en la misma época que Rocío Cigarreta y murió poco después.Al momento de fallecer tendría un peso coincidente con el que aparecería en la historia clínica de Rocío.(vea "Un nuevo capítulo controvertido en el "Caso Cigarreta"8 de noviembre del 2000-La Capital)

Guitlein, que se domicilia en Pehuajó, es una mujer ciega que carece de recursos económicos. Por tal motivo se vio imposibilitada de trasladar el cuerpo de la niña, que fue inhumada en el Cementerio Parque de Mar del Plata.

La Clínica del Niño demostró sumo interés en el caso de María Celeste Guitlein. De hecho, un investigador privado contratado por dicho centro asistencias fue el que llegó a la mujer después de chequear los nacimientos producidos en fechas aproximadas al de Rocío Cigarreta.

Este entretelón se sumó a las numerosas polémicas que concentra el caso, ya que el mencionado circuito investigativo fue cuestionado por la familia Cigarreta.

Es claro que la aparición de Guitlein configura un elemento de interés para la postura que, judicial y públicamente, plantea la Clíni- ca del Niño, al sostener que la niña nació y murió en el establecimiento asistencias y que posteriormente hubo un cambio de cuerpos en el cementerio.

El pedido de exhumación fue recibido por el juez de Menores Efraín Melzarsky, quien trabajó en conjunto con el juez Pedro Hooft, que tiene a su cargo la investigación del "Caso Cigarreta".

Dicho magistrado ordenó la exhumación del cuerpo, pero fuentes judiciales remarcaron que "formalmente no hay vinculación ,con el Caso Cigarreta, ya que no existirían elementos concretos". Los mismos voceros indicaron que se trató de una "acción humanitaria", habida cuenta que el pedido de la mujer apunta básicamente a que se dispongan las medidas que le permitan trasladar el cuerpo a Pehuajó.

Pese a ello, la exhumación fue seguida por una serie de diligencias, incluyendo la toma de muestras para la realización de posibles exámenes de ADN.

Otro aspecto llamativo es que se hayan realizado pericias sobre el pañal incautado en la sepultura y que en las mismas intervinieran peritos oficiales y otros designados por la Clínica del Niño.

Los voceros judiciales consultados ratificaron que no se dispuso la realización de nuevos exámenes de ADN, sino que se ordenó la conservación de las muestras obtenidas.