17 de marzo del 2001 -La Capital-
El juez Hooft ordenó hacer un ADN a la exsecretaria de María Julia Alsogaray
Dos nuevas resoluciones del juez Hooft en la causa Cigarreta: rechazó el pedido de "nulidad" de la diputada Godoy y ordenó ADN para Behal y la hija de ésta.
La Justicia ordenó que se le realice Luna prueba genética de ADN a la ex secretaria de María Julia Alsogaray, Mabel Behal, y que se repita la que ya se le hizo a la hija de esta última. Así lo resolvió el titular del Juzgado Criminal y Correccional de Transición 1, Pedro Federico Hooft, al emitir una resolución en el marco de la causa en la que se investiga la desaparición, en abril de 1997 a poco de nacer, de la hija de la familia Cigarreta y su sustitución por un bebé muerto, que se comprobó no respondía a la filiación de sus padres.
En el mismo despacho, el magistrado, que cuenta con la colaboración del secretario Ricardo Gutiérrez, rechazó los planteos de "nulidad" que le formulara la diputada nacional Norma Ancarani de Godoy, en oportunidad de prestar declaración, junto con su hermana Lucrecia.
La prueba de ADN había sido solicitada oportunamente por "la fiscal de la causa, Susana Kluka. En su momento, el juez Hooft la había dispuesto, con la cláusula de que se realizaría "siempre que no mediara oposición" de la nombrada.
Podría ser compulsiva
Pero la actual tiene carácter de orden, Esto significa que si Behal no se somete voluntariamente a la pericia, sería obligada compulsivamente a hacerla, incluso con la intervención de la fuerza pública.
Es de destacar que se trata de una prueba totalmente incruenta desde el momento en que hasta un solo cabello de la persona en cuestión, aunque la práctica es utilizar pequeñas muestras hemáticas.
La explicación de lo resuelto la dio el propio juez. Comenzó por señalar que "habida cuenta de las reiteradas manifestaciones de Behal y su esposo, en el sentido de ser los padres biológicos de la niña inscripta en la ciudad de Posadas (cuyo nombre se omite), resulta ahora pertinente lo solicitado por la fiscal Kluka, en cuanto a la realización de una pericia genética- ADN mitocondrial- a fin de ser cotejada con el patrimonio genético de su presunta hija".
Un interés mayor
Y fundamentó su postura en "la permanencia del interés público" sobre la posible "perturbación ínfima" que podría ocasionar el efectuar esta pericia, como también indicó que "no se trata de una práctica humillante o degradante".
Después agregó que "simultáneamente, a fin de brindarlas máximas garantías a todas las partes legalmente constituidas en el proceso ( ... )se ordena la realización de una nueva pericia genética con relación a la hija de Behal", que estará a cargo de la Asesoría Pericial de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires (anteriormente, se había realizado en el Banco Nacional de Datos Genéticos).
Rechazo al pedido de nulidad hecho por la diputada Godoy
Hooft también rechazó el planteo de la diputada Norma Ancarani de Godoy de que las imputaciones que podrían pesar sobre ella y su hermana Lucrecia son "cosa juzgada", porque un juez de Posadas (Misiones) las "sobreseyó" a ambas.
La presentación la había hecho la legisladora, con el patrocinio de sus abogados Diego Alvarez Bognar, César Raúl Sivo y María Fernanda Di Clemente, cuando hace unos meses compareció para prestar "declaración informativa", por los delitos de "supresión y suposición de estado civil", "falsedad de instrumento público" y "'sustracción de menores de diez años". En la resolución, el magistrado señaló que Godoy hizo "libre uso de su posibilidad de ser escuchada en este proceso mediante una exposición espontánea que, sin embargo, no se completó con el interrogatorio que le formulara el Juzgado, debido a su oposición mediante planteos de nulidad".
Las nulidades
Y sobre estas implicancias, enumeró que consistieron en todos los datos y circunstancias incorporadas con la actuación de la Comisión Nacional de Fiscales para la investigación del tráfico de menores y la colaboración prestada por la División Delitos Federales; la citación a prestar declaración informativa y la audiencia misna Puntualizó que ello era "por considerar que se encontraba alcanzada por el principio rector de la cosa juzgada, atentos a la resolución recaida en las actuaciones que se sustanciaron en el Juzgado de Instrucción 1 de Posadas, caratulada "Godoy, Norma; Ancarani, Lucrecia y Behal, Mabel, sobre sustracción de menores".
Después de destacar que la fiscal Klúka, al referirse al tema, "no advirtió que se hubiera registrado el vicio invocado", aludió a la "cuestionada actuación de la Comisión Nacional de Fiscales y la División Delitos Federales, sostuvo que fue solicitada la colaboración de la Comisión tras quedar radicada la causa en su Juzgado y que la División realizó tareas "bajo las directivas del suscripto y ajustando su accionar a las reglas procesales".
Destacó al respecto que la Comisión de marras fue constituida por el procurador de la Nación, para que colaborara con los jueces provinciales en casos de tráfico de niños, cuando las pesquisas rebasaran la jurisdicción del magistrado.
Tampoco "cosa juzgada"
En cuanto a si es "cosa juzgada" la respuesta del juez fue que la causa iniciada con la denuncia de la familia Cigarreta data del 16 de julio de 1997, mientras que la de Posadas es de 1998. Es decir que la de Mar del Plata es anterior a la que sobreseyó en misiones.
Con respecto al alcance de la resolución mencionada, Hooft tras destacar que solo recibiò "actuaciones fraccionadas en fotocopias"-por lo que reiteró el exorto al juez respectivo-, puntualizó que "la investigación se había circunscripto a determinar la existencia o no del delito de sustracciòn del menor, entre setiembre y noviembre de 1997, por lo que sólo se requirió a distintas seccionales policiales de Posadas, información sobre si había o no denuncia de esta sustracción".
Y agregó, "sin que surga de lo actuado, la proposición y disposición de otras medidas conducentes al descubrimiento de la verdad, tales como las pericias genéticas y otras diligencias pertinentes".
En lo que tiene que ver con Behal, describió que esta se presentó a dclarar de manera "espontánea", sin que determinara los cargos que se le hacían, y que después se negò a hacerlo, para ser finalmente sobreseída con relaciòn al delito de "supresión y suposiciòn de estado civil".