8 de setiembre del 2000 -La Capital-

Es válido que intervenga la policía Federal en el "Caso Cigarreta"

Se resolvió que es "válido" que una comisión de la policia Federal intervenga en la investigación del 'Caso Cigarreta", bajo las directivas del juez Hooft, titular de la causa.

La cámara Penal dio plena validez a todas las diligencias ordenadas por el juez Pedro Federico Hooft y realizadas con la colaboración de un cuerpo especial de la Policía Federal, en la investigación que se efectúa del complejo "Caso Cigarreta". Con el voto de los jueces Julio Isaac Arriola, Daniel Mario Laborde y Alicia Ramos Fondeville, la Sala 3 respondió a una petición del abogado de uno de los médicos, cuya situación procesal es la de 'imputado no procesado'. El doctor Horacio D'Angelo consideraba que la' participación de la Policía Federal en este caso provincial resultaba 'sorprendente e irregular. Además, sostenía que no se alcanza a comprender el motivo para delegar en la Policía Federal el ejercicio de funciones judiciales, con relación a un hecho de competencia local, y en diligencias realizadas en la ciudad sede del Juzgado', entre otras cuestiones.

Respuesta del Tribunal

La respuesta del Tribunal fue que se dejara constancia sobre que 'el Juzgado interviniente (de Hooft) ha dispuesto la colaboración de la Policía Federal, la que deberá actuar bajo las directivas de su titular (el juez), y ajustándose a las reglas procesales vigentes en esta Provincia'. Pero también el mismo tribunal de Alzada, con el voto del juez Arriola, y la adhesión de los otros dos magistrados, trató el hábeas corpus presentado por los abogados locales, César Raúl Sivo y María Fernanda Di Clemente, en favor de la hermana de la diputada Norma de Godoy, Lucrecia Ancarani de Pernigotti que reside en la provincia de Misiones. La petición de los letrados se realizó a fin de hacer cesar la situación que califican como "denegación de justicia" en la precitada causa. Y en referencia a esto, los abogados mencionados dan cuenta de que 'el 21 de julio solicitaron el préstamo de las actuaciones (el grueso expediente de varios cuerpos) para obtener fotocopias". Como debido, a diversos motivos, entre los que está la última Feria Judicial, el pedido de marras no ha sido objeto de decisión alguna hasta el presente (... ) corresponde al juez (Hooft) que se pronuncie al respecto', de conformidad con los parámetros dados por el Código Procesal Penal y las le-yes respectivas. Por ello, el Tribunal resolvió remitir el hábeas corpus, que contiene esta petición al citado juez de transición.

Lo que marca la Ley

Al aludir a lo que dispone la Ley procesal, en relación con la queja expuesta por los abogados, Arriola expuso que lo que marca la norma referida "no implica necesariamente la citación a prestar declaración indagatoria a determinada persona, sino que vasta la realización, a su respecto, de diligencias que permitan presumir la existencia de una sospecha" en su contra, tal como ocurre con el allanamiento del que se deja constancia. En lo que tiene que ver con esto último, se refiere al realizado por la comisión de la Policía Federal, principalmente, en la ciudad de Posadas, como los efectuados en Mar del Plata. Y añadió, siguiendo lineamientos legales que "como consecuencia de ello, el sospechado y su letrado tendrán todas las garantías, derechos y deberes correspondientes al procesado y su defensor. Entre los primeros se cuentan, el acceso a la causa y la totalidad de sus incidentes, legajos y anexos; y entre los segundos, el respeto debido a la, investidura del magistrado, lo que excluye la utilización de expresiones que, por su inequivocidad en nuestro contexto histórico y social, pudieren resultar agraviantes y extrañas al estilo profesional, como pretender la intromisión en las reuniones del titular del juzgado con sus colaboradores".