9de noviembre del 2000- EL TERRITORIODIGITAL
Programa Piloto
Firman un acuerdo base para agilizar la adopción y evitar el tráfico de bebés
Misiones fue elegida por el Consejo Nacional del Menor y la Familia para unificar los registros de postulantes y establecer igualdad de condiciones
Posadas.
Con el objetivo fundamental de agilizar el trámite de adopción y evitar el tráfico de niños y las adopciones incorrectas, el Superior Tribunal de Justicia de Misiones y el Consejo Nacional del Menor y la Familia acordarán hoy la unificación de sus registros de adoptantes, sobre la base de un criterio que privilegia la igualdad entre los interesados inscriptos.
Para firmar el convenio vendrá a Misiones la presidenta del Menor y la Familia, María Orsenigo, acompañada por Marissa Hraban, coordinadora del área de adopción e investigación familiar, y por María Venchuga, jefa del departamento adopciones.
La creación del Registro Único Nacional de Adoptantes está contemplada en la ley 24.779 de adopciones y éste será el primero de los acuerdos que se propone instrumentar el Consejo del Menor con las provincias. En la elección de Misiones se tuvo en cuenta los 103 casos de adopción autorizados por los juzgados locales, el número más alto contabilizado en el país, y las denuncias por tráfico de bebés que alcanzaron trascendencia nacional. A esto se suma el proceso de jury que se puso en marcha para investigar la actuación que le cupo a la titular del Juzgado Civil y Comercial 1 de Oberá, Aída Rosa Vázquez de Moreira, en varios pedidos de adopción resueltos favorablemente por la jueza.
En la firma del convenio representará al Superior Tribunal de Misiones su presidente, Manuel Augusto Márquez Palacios. El juez, único responsable “Queremos empezar a reglamentar el sistema para poder habilitar el Registro Único, en un trabajo coordinado con los jueces”, remarcó a propósito María Orsenigo, que puso especial cuidado en preservar la responsabilidad exclusiva que tienen los magistrados en esta cuestión. “Debe quedar en claro que en todos los casos la adopción la decide el juez y no el Consejo del Menor u otro organismo tribunalicio”, advirtió la funcionaria.
La agilización y transparencia en el trámite que propone el organismo que preside Orsenigo, pasa por imponer igualdad de condiciones para todos los postulantes inscriptos para una adopción, respetando a rajatabla el orden de registro, tanto en la ciudad de Buenos Aires como en Misiones, y extender el procedimiento a las otras provincias. Es decir que en la práctica, si hay un ofrecimiento de adopción en Misiones, primero se tendrá en cuenta el registro local y después el del Consejo Nacional, por riguroso orden de ingreso. También, que los interesados de otras provincias en condiciones de viajar a Misiones en caso en que un juez competente considere la posibilidad de otorgar una guarda. “La idea es evitar que los postulantes tengan que peregrinar por las provincias en busca de niños, que se respeten los registros nacionales y provinciales”, puntualizó Orsenigo.
Explicó que la tarea de los registros es elevar las carpetas con los interesados seleccionados y que en lo que atañe a Misiones, “tanto el Superior Tribunal como los juzgados de Posadas tienen sumo interés en legitimar el proceso de adopción en la provincia, esto agilizará la posibilidad de que los chicos consigan familias y evitará que esas familias adopten vías inadecuadas para obtener la guarda”.
Sobre la base de los datos recogidos por el Consejo de Menor, afirmó Orsenigo, la mayoría de los interesados se anotan para adopción plena y para recibir bebés recién nacidos. “Pero hay muchos chicos para los que no se pudo declarar la adoptabilidad, aunque estén bajo jurisdicción del juez, por problemas diversos que pueden superarse con una buena instrumentación de la ley”, dijo la mujer. A propósito, comentó que en los hospitales este año no hubo abandonos declarados de recién nacidos; “la tendencia viene decreciendo, eso es notable”.
Seguridad
Para seguridad del adoptado, cuando un juez competente notifique de una guarda otorgada a un aspirante cuyo legajo proviene del Consejo del Menor, el Superior Tribunal notificará al organismo a través de la secretaría a cargo del Registro, con copia certificada. A su vez, el Consejo se encargará del seguimiento y, previo cumplimiento del término prescripto en el Código Civil, remitirá el informe al juzgado.
Oportunidad para familias humildes
Desde el Consejo del Menor se busca que en las adopciones “se priorice el deseo de una familia de adoptar un niño, y que la misma esté en condiciones de criarlo y contenerlo con afecto” “Esto no pasa solamente por lo material, hay familias muy humildes en condiciones de criar un chico, de allí que se insista en lo de la igualdad de condiciones para las adopciones y que sea un equipo técnico el responsable de seleccionar a las familias que quieren un chico”, advirtió Orsenigo.
El Registro Nacional tiene anotados desde el 97, 600 postulantes con carpetas completas que esperan turno por una adopción, en un trámite que es gratuito. Son todas familias que cumplieron con los requisitos que se exigen para ser aceptados como adoptantes. Según Orsenigo, la selección es rigurosa, con un mecanismo que incluye talleres de capacitación y el cumplimiento de lo establecido por ley, tarea que desempeña un equipo técnico.
En el Consejo del Menor y la familia trabajan unas dos mil personas, en la central de Buenos Aires y en instituciones dependientes que funcionan en varias partes del país.
Hacia una mejor organización
El proyecto de convenio se elaboró con “el ánimo de dar una mejor organización a la temática de la adopción en la Argentina, y en especial en la provincia de Misiones”. Para conseguirlo, el Superior Tribunal de Justicia y el Consejo del Menor y la Familia “deciden crear los mecanismos jurídicos e institucionales para impedir el tráfico de niños, y agilizar la posibilidad de que los mismos cuenten con una familia que, sin ser la de origen, pueda ser la de adopción”. Asimismo, las partes coinciden en que “hasta tanto no se convenga la creación del Registro Único Nacional de Adoptantes, previsto en el artículo 2º de la ley 24779, las distintas jurisdicciones, tanto nacional como provincial, deben aunar esfuerzos en pos del objetivo definido”. El acuerdo se hará en el marco de la cláusula 6º del convenio de cooperación técnica entre la Junta Federal de Cortes y los Superiores Tribunales de Provincias, y consta de ocho cláusulas. En la primera, se conviene, “en el interés supremo del niño”, en abrir las bases de datos de los Registros Únicos de Aspirantes a la Adopción, que funcionan en el ámbito de las dos instituciones, y en cooperar e ingresar en los mismos todos los datos de aspirantes que reúnan los requisitos exigidos en el Código Civil. El listado de los datos será autentificado y extraído de los legajos de aspirantes inscriptos, lo que se hará respetando el orden cronológico de inscripción y dejando constancia del nombre y apellido del o los aspirantes; domicilio; estado civil; documento de identidad; cantidad de hijos; teléfonos particular, laboral, celular o correo electrónico; informe socioambiental y psicológico de los aspirantes (en legajo); y aprobación del departamento adopciones del Consejo Nacional.